Tras un debate en el pleno de enero, el Parlamento Europeo aprobó el pasado jueves 17 de febrero una resolución que condena la no remuneración de las prácticas formativas y profesionales de los jóvenes. Se pretende obtener con esta resolución una remuneración justa de las prácticas profesionales y formativas, de una vez por todas. El texto condena que, en ocasiones, las prácticas no incluyan remuneración y subraya que se trata de “una forma de explotación de los trabajadores jóvenes y una violación de sus derechos”. Los eurodiputados piden a la Comisión y a los Estados miembros que propongan un marco jurídico común para garantizar una remuneración justa para las prácticas y períodos de formación.
Es un tema que ha pasado totalmente desapercibido y que casi no ha tenido repercusión mediática, quizás por otros temas que copan la gran atención de los medios. Puede cambiar muchas cosas si se obliga a los Estados miembros a regular el tema de las prácticas profesionales y formativas.
Cuando uno está acabando sus estudios de grado universitario o de grado de formación profesional necesita poner en práctica sus conocimientos para consolidarlos y llevarlos un paso más allá. Nos van a pagar por lo que seamos capaces de hacer y resolver con nuestros conocimientos y no solo por nuestros títulos académicos o formativos. Antes tener un grado universitario y/o un grado de formación profesional podía ser diferenciador, sin embargo, desde hace mucho tiempo ya no es algo que te haga especial, debido a que la formación se ha convertido en algo accesible a todo el mundo, por lo que ya no es un elemento diferenciador. El formarnos a lo largo de toda la vida es una necesidad para seguir adecuando y adaptando nuestros conocimientos.
Algunas prácticas profesionales son obligatorias para obtener un título; aunque en principio, suelen ser remuneradas, no siempre ocurre así.
Igualmente, lo gratuito no tiende a valorarse y se tiende a producir un abuso. Algunas empresas tienen puestos permanentes ocupados por becarios o becarias, sin que aprendan demasiado durante ese tiempo, teniéndolos para tareas intrascendentes y rutinarias. En algunas empresas las oportunidades reales de quedarse a trabajar ahí son nulas con contratos formativos o contratos de prácticos, tras la finalización de la beca.
Por lo tanto, para evitar abusos, es necesario lanzar una norma específica que regule de forma concreta de todo tipo de becas y prácticas, en donde no exista relación laboral, algo que beneficiaría tanto a las empresas como a las personas que realizan prácticas.
Idealmente, debería de establecerse que las empresas solicitasen personas en prácticas y que no sean estas personas las que tengan que ir suplicando prácticas en las empresas.
Igualmente, las funciones a realizar durante la beca o prácticas deben ser adecuadas al desarrollo y aprendizaje de las personas. Muchas relaciones de prácticas se limitan a realizar tareas sin valor ni relación alguna con la titulación o conocimientos de las personas que realizan prácticas. Hacer fotocopias, ordenar el archivo, coger el teléfono y encargarse de los cafés son funciones dignas, lo único es que debemos de contemplar qué formación tiene cada persona y qué conocimientos tienen que poner en práctica o consolidar.
En las empresas no suele haber tiempo para que sus empleados puedan dedicarse a apoyar a las personas de prácticas. No se puede pretender que vengan ya enseñadas. ¡Ojalá! Todos hemos necesitado un período de rodaje profesional, algo que se nos olvida rápidamente. Dedicarles un tiempo al principio para explicarles las dinámicas de trabajo, los procesos y, poco a poco, dejarles que vayan actuando y asumiendo alguna responsabilidad acorde a su rol, con supervisión constante, eso sí. Si se equivocan, no pasa nada, es parte del proceso.
En toda práctica, debe existir la figura de mentor/a o responsable de prácticas en cada departamento, buscando a personas con paciencia, empatía, don de gentes y conocimientos acordes a las funciones asignadas a cada persona de prácticas.
No puede ser que en ocasiones se asignen a los becarios o personas de prácticas tareas y responsabilidades de personas que tienen una relación laboral con la empresa. Se debe ser imparcial y asumir el objetivo de esas relaciones de prácticas. Estas personas tienen unos derechos, pero también, no olvidemos, unas obligaciones.
La remuneración dependerá del tipo de prácticas, aunque siempre debe llevar algún tipo de compensación, sin incluir ahí los gastos ocasionados a las personas de prácticas que deberían estar incluidos. A veces algunas empresas, tienen detalles feos con las personas de prácticas; imagínate que haces prácticas en navidad y se da cesta solo a los empleados y no al personal con beca; esto queda muy feo. Una cesta más, cuesta bien poco y es algo que siempre recordará el becario. No olvidemos la marca que transmitimos a todos aquellos que pasan por nuestra empresa. Cuando se opta por pagar una remuneración, claramente no debe llegar al nivel de un contratado, pero sí deberían ser adecuadas y suficientes para la labor que desempeñan.
Al final las empresas deben ver esto como inversión y no como un coste. Ciertamente, les conlleva perder un tiempo para enseñar a estas personas. Debería ser algo gratificante ver cómo evolucionan mediante la consolidación y puesta en práctica de sus conocimientos. Es una forma para conocer de primera mano la ejecución real de trabajo y el tipo de problemas que se pueden presentar en la ejecución de ese rol. Por lo tanto, debe ser una compensación justa. A las empresas, les permite ver a esa persona en real ejecutando un trabajo, resolviendo problemas, tomando iniciativa, mostrando sus ganas y detectar al mejor talento para poder quedárselo a posteriori. Al fin y al cabo, la atracción de talento debería ser primordial para el desarrollo de las empresas. ¿Qué mejor oportunidad que formar al candidato ideal y verlo en acción antes de que pase a formar parte de la empresa?
Todos hemos necesitado esa ayuda o empujón. Recuerdo que cuando acabe mis estudios de grado, realicé varias prácticas. En una empresa empecé como becario con una remuneración compensatoria; al finalizar esa beca me ofrecieron un contrato de prácticas. Pude aprender muchas cosas y demostrar mis capacidades y competencias. También tuve anteriormente a esa experiencia alguna relación de becas, sin ninguna compensación y con mayor responsabilidad de la esperada para un becario; estaba realizando un trabajo y esa empresa, tenía un departamento entero de becarios, acaba una persona en prácticas y entraba otra. Te ponían trabas hasta para acudir a entrevistas de trabajo, algo que, todo sea dicho, es ilegal. Es bueno que las personas que realizan becas o prácticas conozcan sus derechos, para evitar esa picaresca minoritaria, aunque existente.
También tenemos que ser claros. Una empresa necesita becarios con ganas. Hay casos en los que nos encontramos con becarios que no tienen ganas, que no tienen actitud y que son un verdadero lastre. En estos casos, la empresa está en su derecho de terminar ese convenio de prácticas. Las empresas no son guarderías.
En esos supuestos en los que, para la obtención de un título, se requiera un período de prácticas, debería estar gestionado por la entidad formativa. Para realizar esas prácticas y, siendo flexibles, se deberían poder hacerse en formato presencial, híbrido u online, acordes al puesto y conocimientos a poner en práctica. En ocasiones es un trámite que beneficia únicamente a la entidad o empresa y no a la persona de prácticas. Se debe definir claramente qué finalidad tiene esa beca o práctica para cada persona, qué objetivos llevan asociados, cómo se evalúan los aprendizajes adquiridos durante esas prácticas…
La evaluación de las prácticas debería ser 360º. Es decir, tanto empresa como becario, debería dar el feedback de cómo ha ido la experiencia con el candidato y de éste en la empresa. Siempre ayuda a cambiar determinadas actuaciones o comportamientos poco profesionales.
* Fuente imágenes utilizadas https://pixabay.com/es/